Por Carlos Merenson – La (Re) Verde

La ley que falta

En febrero pasado publiqué un editorial titulado Biodiversidad: cuando el Estado supo qué hacer y la política decidió no hacerlo. Hoy damos un paso más: impulsar un proyecto de ley de presupuestos mínimos de protección ambiental para los componentes de la diversidad biológica.

Argentina tiene —en los papeles— una legislación ambiental de avanzada, que la ubica entre los países con mayor desarrollo jurídico en la materia. Pero le falta algo decisivo: una ley de biodiversidad. Y esa ausencia no es menor.

La biodiversidad no es un “tema ambiental” más. Es la variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos los ecosistemas terrestres y acuáticos, y los complejos ecológicos de los que forman parte. Comprende la diversidad dentro de cada especie, entre especies y de los ecosistemas. No se trata solo de un inventario de formas de vida, sino de la trama de interacciones que sostiene el funcionamiento de los sistemas naturales y, con ello, las condiciones que hacen posible la vida y la actividad humana.

Tiene valor intrínseco, pero también un valor material evidente: de ella dependen necesidades básicas para la supervivencia y una porción sustantiva de la economía. En Argentina, los bienes y servicios asociados a la biodiversidad representan miles de millones de dólares anuales, mientras que los costos de su degradación, aun siendo igualmente significativos, no impiden que el derecho siga tratándola como si fuera una suma de partes.

Bosques, por un lado, fauna por otro. Sectores que ni siquiera cuentan con legislación específica —como los humedales o la flora—. El resultado es un sistema que regula fragmentos, pero no el conjunto.

Fragmentación normativa y vacíos críticos

Esto tiene consecuencias concretas. Sin una ley que establezca presupuestos mínimos claros:

  • persisten vacíos normativos en materia de humedales, flora y conocimientos tradicionales,
  • se mantienen regulaciones fragmentarias o de baja jerarquía en áreas críticas como las especies exóticas invasoras, y
  • subsiste un déficit estructural en la implementación efectiva de la consulta previa, libre e informada a los pueblos indígenas, pese a su reconocimiento normativo.

En ese marco, no hay criterios comunes para conservar y usar la biodiversidad, ni herramientas efectivas para coordinar políticas entre jurisdicciones. La degradación avanza de manera sistémica, pero la respuesta institucional sigue siendo parcial, desarticulada e incluso inexistente.

Por qué importa: la base material de la biodiversidad

La centralidad de la biodiversidad no responde a una preocupación sectorial, sino a su condición de soporte de los sistemas naturales y sociales. Es la base de procesos esenciales como la polinización, la fertilidad del suelo, el ciclo del agua y la regulación del clima, al tiempo que provee alimentos, medicinas, materiales y diversidad genética indispensable para la producción. También sostiene servicios críticos para el bienestar humano —agua limpia, calidad del aire, productividad agropecuaria— y cumple un rol clave en la mitigación del cambio climático a través de la captura de carbono. A esto se suma su dimensión cultural: para muchas comunidades, especialmente pueblos indígenas y rurales, la biodiversidad no es un recurso sino una forma de relación con el territorio. Su conservación, por lo tanto, no es solo una cuestión ambiental, sino una condición de sostenibilidad y justicia intergeneracional.

Sin embargo, este entramado se encuentra bajo presión creciente. La destrucción y fragmentación de hábitats por la expansión agrícola, urbana y extractiva constituye el principal vector de pérdida de biodiversidad, al que se suman los impactos del cambio climático, la contaminación y la sobreexplotación de especies. A ello se agregan procesos menos visibles, pero igualmente críticos, como la introducción de especies exóticas invasoras, la pérdida de diversidad genética, la simplificación de los sistemas productivos y la degradación progresiva de suelos y ecosistemas. Estas amenazas no actúan de manera aislada: se potencian entre sí, generando efectos acumulativos que comprometen la resiliencia de los sistemas naturales y, con ello, las bases mismas de la economía y la vida social.

Una crisis global en curso

A escala global, la evidencia es convergente: la biodiversidad atraviesa un proceso de deterioro acelerado que muchos especialistas ya caracterizan como una sexta extinción masiva. A diferencia de episodios anteriores, este proceso está impulsado por la actividad humana: destrucción y fragmentación de hábitats, cambio climático, contaminación, sobreexplotación de especies e introducción de especies exóticas invasoras.

Los indicadores son elocuentes. Las tasas actuales de extinción superan ampliamente las naturales —entre cien y mil veces— y continúan en aumento. Al mismo tiempo, no solo desaparecen especies: se reducen drásticamente las poblaciones. El Índice Planeta Vivo muestra una caída promedio cercana al 70% en las poblaciones de vertebrados desde 1970, con descensos aún más pronunciados en regiones como América Latina.

Este proceso no es lineal ni aislado: las presiones se combinan y potencian, erosionando la resiliencia de los ecosistemas y acercando a varios de ellos a puntos de inflexión potencialmente irreversibles. En escalas de tiempo humanas, estas pérdidas son prácticamente definitivas. Lo que está en juego no es solo la conservación de especies, sino la estabilidad de los sistemas que sostienen la vida y la actividad económica.

Un problema global con expresión local

Este cuadro global no es ajeno a la realidad argentina. Por el contrario, se manifiesta en un contexto donde la presión sobre los ecosistemas se intensifica mientras el marco institucional sigue operando con herramientas fragmentarias e insuficientes. La pérdida de biodiversidad no es aquí un riesgo abstracto, sino un proceso en curso que se expresa en la degradación de hábitats, la simplificación de los sistemas productivos y la creciente conflictividad territorial.

La ausencia de un enfoque integral limita la capacidad de anticipar, ordenar y prevenir estos procesos. La respuesta institucional se traduce, así, en un déficit estructural de planificación. No existe una obligación robusta de inventariar la biodiversidad, monitorear su estado ni planificar el territorio en función de sus límites ecológicos. Tampoco se han consolidado instrumentos que permitan integrar esta información en la toma de decisiones.

En estas condiciones, la política ambiental queda atrapada en una lógica reactiva: interviene de manera tardía, fragmentada y, muchas veces, cuando el daño ya ocurrió. La desconexión entre la escala del problema y la capacidad de respuesta institucional no solo debilita la eficacia de las políticas existentes, sino que amplifica los procesos de degradación que se busca evitar.

Vacíos regulatorios y conflictos emergentes

El problema se agrava cuando se observan áreas críticas sin regulación o con regulación insuficiente. La ausencia de un régimen nacional sobre especies exóticas invasoras convive con impactos económicos y ecológicos de enorme magnitud. Del mismo modo, la falta de un sistema integral de acceso a recursos genéticos y distribución justa y equitativa de beneficios evidencia un rezago respecto de compromisos internacionales asumidos y oportunidades desaprovechadas en términos de soberanía y desarrollo.

Un aspecto particularmente sensible —y sistemáticamente relegado— es el referido a los conocimientos tradicionales de los pueblos indígenas asociados a la biodiversidad. No se trata de un componente accesorio, sino de un sistema de saberes, prácticas y formas de relación con el territorio que ha contribuido históricamente a la conservación y al uso sostenible de los ecosistemas. Su invisibilización no solo implica una omisión jurídica, sino también una pérdida concreta de capacidades para gestionar la biodiversidad.

La ausencia de un marco normativo integral en esta materia se traduce en una doble debilidad: no existen mecanismos adecuados para garantizar la protección de estos conocimientos y la participación en los beneficios derivados de su utilización, y persisten déficits en la implementación de la consulta previa, libre e informada. Lejos de ser una formalidad, se trata de un requisito sustantivo para decisiones que afectan territorios, recursos y modos de vida. Sin su cumplimiento efectivo, cualquier política de biodiversidad nace incompleta y expuesta al conflicto.

El problema político

Pero el problema no es solo técnico. Es político. En un contexto donde las decisiones sobre el territorio están crecientemente subordinadas a la lógica del mercado, la biodiversidad deja de ser un límite a reconocer para convertirse en una variable a ajustar. Bajo esta racionalidad, los ecosistemas son valorados en función de su rentabilidad inmediata, mientras que sus funciones ecológicas —más complejas, menos visibles y de largo plazo— quedan sistemáticamente relegadas.

Un punto adicional refuerza este diagnóstico. Las evaluaciones globales advierten que la crisis de biodiversidad no responde solo a fallas de gestión, sino a los valores que orientan las decisiones. Cuando predominan criterios de mercado, la naturaleza tiende a ser reducida a su rentabilidad inmediata, desplazando otras dimensiones —ecológicas, sociales y culturales— que resultan indispensables para su conservación. Incorporar esta pluralidad de valores no es un complemento, sino una condición para revertir las tendencias de degradación y avanzar hacia formas de uso realmente sostenibles.

En ese marco, la ausencia de una ley de biodiversidad no es una omisión neutra: es una condición que facilita la sobreexplotación, la expansión sin límites de actividades extractivas y la naturalización del deterioro como costo inevitable del crecimiento. La desregulación no elimina las reglas; las reemplaza por otras implícitas, definidas por la capacidad de apropiación y la presión económica sobre el territorio.

Sin un marco normativo que establezca límites claros y criterios comunes, el Estado pierde capacidad de conducción y se vuelve inoperante frente a dinámicas que operan a mayor velocidad y escala. El resultado es un escenario en el que el mercado no solo asigna recursos, sino que define de hecho el uso del territorio. Y en ese esquema, la degradación deja de ser una excepción para convertirse en resultado esperable.

El costo de seguir sin una ley de biodiversidad

La ausencia de una ley de biodiversidad no es un problema abstracto ni diferido en el tiempo. Tiene costos concretos, acumulativos y, en muchos casos, irreversibles. En términos biofísicos, implica la pérdida progresiva de funciones ecológicas esenciales: suelos que pierden fertilidad, sistemas hídricos que se vuelven más inestables, menor capacidad de polinización, mayor vulnerabilidad frente a eventos extremos. No se trata solo de especies que desaparecen, sino de sistemas que dejan de funcionar.

Estas pérdidas impactan directamente sobre las condiciones de vida. Afectan la producción de alimentos, la disponibilidad de agua, la salud de los ecosistemas de los que dependen comunidades enteras y la capacidad de adaptación frente al cambio climático. En contextos de creciente variabilidad climática, la degradación de la biodiversidad reduce los márgenes de resiliencia y amplifica riesgos que luego se traducen en crisis sociales.

Pero el costo también es económico, aunque muchas veces permanezca invisibilizado. La degradación de la biodiversidad implica pérdida de productividad, mayores costos de remediación, caída en la provisión de servicios ecosistémicos y aumento del gasto público frente a emergencias ambientales. A ello se suma la pérdida de oportunidades vinculadas al uso sostenible de los recursos biológicos, la innovación basada en diversidad genética y el desarrollo de economías regionales asociadas a ecosistemas sanos.

En ausencia de reglas claras, estos costos no desaparecen: se trasladan. Se socializan en forma de deterioro ambiental, pérdida de ingresos y mayor vulnerabilidad, mientras los beneficios de la explotación se concentran. La falta de una ley de biodiversidad no abarata el desarrollo; lo vuelve más ineficiente, más riesgoso y, en el mediano plazo, más costoso.

Condiciones, dependencia y costo real de la biodiversidad

Formular y sostener políticas públicas eficaces en materia de biodiversidad no depende del voluntarismo, sino del cumplimiento de condiciones básicas. En primer lugar, que la sociedad dependa efectivamente de los componentes de la biodiversidad para satisfacer necesidades esenciales; en segundo, que exista conciencia de esa dependencia; en tercero, que se comprendan los límites ecológicos que esa relación impone; y, finalmente, que el sistema político sea capaz de traducir todo ello en decisiones e instituciones concretas.

La primera condición está fuera de discusión: la dependencia es absoluta. El intento más ambicioso de replicar artificialmente un sistema ecológico —el experimento Biosfera II— fracasó incluso bajo condiciones altamente controladas y con una inversión superior a los 200 millones de dólares. Ocho personas viviendo en un sistema cerrado durante dos años no pudieron sostener sus necesidades básicas sin intervención externa. El costo estimado de esa experiencia fue del orden de 34.500 dólares por persona por día.

Contrastado con ello, la biosfera real —el planeta— provee diariamente esas funciones para miles de millones de personas sin costo monetario directo. Si ese servicio tuviera que ser replicado artificialmente bajo parámetros similares a los de Biosfera II, su costo sería sencillamente inconmensurable. La conclusión es evidente: la naturaleza no es sustituible, ni siquiera a costos extremos.

Aun así, cuando se observan solo algunos de sus aportes monetizables, la magnitud económica resulta significativa. En Argentina, el valor anual estimado de bienes y servicios asociados a la biodiversidad alcanza aproximadamente los 9.000 millones de dólares:

ConceptoUS$/año
Recaudación en Parques Nacionales24.000.000
Ingreso de divisas por turismo (componente biodiversidad)3.000.000.000
Productos forestales del bosque nativo705.234.961
Productos forestales no madereros5.000.000
Medicamentos (componente derivado de recursos genéticos)3.000.000.000
Polinizadores154.000.000
Pesca marítima2.000.000.000
Total aproximado9.000.000.000

A escala global, esta dependencia económica adquiere una magnitud aún mayor, particularmente en sectores intensivos en conocimiento y alto valor agregado. Diversas estimaciones muestran que una proporción significativa de industrias clave se sustenta directa o indirectamente en recursos genéticos y componentes de la biodiversidad:

SectorTamaño del mercadoComentario
Farmacéutico640.000 millones de dólares (EE.UU., 2006)25–50% de los productos se derivan de recursos genéticos
Biotecnológico70.000 millones de dólares (EE.UU., 2006)Amplio uso de enzimas y microorganismos
Semillas agrícolas30.000 millones de dólares (EE.UU., 2006)Dependencia total de recursos genéticos
Atención personal, industria botánica y alimentosMás de 60.000 millones de dólares (EE.UU., 2006)Componente creciente asociado a biodiversidad

Estos datos ponen en evidencia que la biodiversidad no solo sostiene economías primarias o regionales, sino también sectores estratégicos de la economía global. Sin embargo, esta dependencia coexiste con una subvaloración sistemática de los procesos ecológicos que hacen posible esa riqueza, reforzando una dinámica en la que los beneficios se capturan, pero los costos de degradación permanecen invisibilizados o externalizados.

Sin embargo, esta dependencia material convive con una débil comprensión social de la biodiversidad. Incluso en ámbitos formativos, suele reducirse a una noción simplificada de diversidad de especies, con escasa incorporación de sus dimensiones ecológicas, económicas y socioculturales. Esta brecha entre dependencia y comprensión limita la posibilidad de construir políticas sostenidas.

A ello se suma un dato incómodo: la trayectoria histórica de la especie humana muestra una capacidad persistente de transformación y simplificación de los sistemas naturales. Desde las primeras expansiones de cazadores-recolectores, pasando por la agricultura y la industrialización, la presión sobre la biodiversidad se ha intensificado hasta configurar un proceso de pérdida acelerada. En la actualidad, esa presión se expresa en la destrucción de hábitats, el cambio climático, la degradación de suelos y la homogeneización de los sistemas productivos.

Las tendencias son elocuentes: deforestación a gran escala, desertificación de millones de hectáreas, incremento sostenido de emisiones y una base alimentaria global cada vez más concentrada en pocas especies. Hoy, apenas una veintena de cultivos sostiene la mayor parte de la alimentación mundial, y solo cuatro —maíz, trigo, soja y arroz— representan más de la mitad. Esta simplificación extrema introduce una fragilidad estructural en un sistema del que depende la estabilidad social y económica.

El interrogante de fondo es inevitable: ¿es posible sostener el desarrollo erosionando las bases biológicas que lo hacen viable? La evidencia acumulada sugiere que no. Sin un cambio de rumbo, el resultado previsible es un sistema natural empobrecido, menos resiliente y crecientemente incapaz de sostener las condiciones que hoy damos por sentadas.

Qué debería hacer una ley de biodiversidad

Si el problema es estructural, la respuesta también debe serlo. Una ley de biodiversidad no puede limitarse a enunciar principios: debe construir un marco integral que ordene la política pública, articule instrumentos y establezca límites claros al uso del territorio.

En primer lugar, resulta imprescindible definir principios rectores y objetivos que orienten la acción estatal. Sin ese marco, la intervención pública queda librada a la contingencia o a la presión de intereses sectoriales.

En segundo lugar, es necesario pasar de la reacción a la anticipación. Esto implica institucionalizar un sistema nacional de información sobre biodiversidad, con inventarios y monitoreo permanente. No se puede gestionar lo que no se conoce, y hoy la biodiversidad sigue siendo un territorio fragmentado también en términos de información.

Un tercer eje central es la regulación de los procesos de pérdida y degradación. Esto incluye tanto la conservación como, de manera cada vez más urgente, la restauración de ecosistemas degradados. La política ambiental no puede limitarse a conservar remanentes: debe intervenir activamente sobre un territorio ya transformado.

También resulta clave incorporar la biodiversidad en la toma de decisiones. Esto supone fortalecer la evaluación de impacto ambiental y avanzar en la evaluación ambiental estratégica, integrando la variable biodiversidad en políticas, planes y programas. Sin este salto, la intervención seguirá siendo tardía.

En paralelo, la ley debe regular el acceso a los recursos genéticos y la distribución de beneficios, incorporando los conocimientos tradicionales y garantizando mecanismos efectivos de consulta previa. No solo por razones de justicia, sino porque sin esa integración la política de biodiversidad queda incompleta.

Finalmente, ninguna arquitectura normativa funciona sin institucionalidad. Se requiere una autoridad de aplicación clara, coordinación federal efectiva, mecanismos de cumplimiento, sanciones y financiamiento. Sin estos componentes, cualquier ley queda reducida a una declaración.

Junto a estos ejes, el diseño normativo debe contemplar un conjunto amplio de instrumentos y herramientas: conservación in situ y ex situ, uso sostenible, restauración, enfoque ecosistémico y ecorregional, conectividad ecológica, integración en políticas sectoriales, listados de especies amenazadas, protección de especies nativas, regulación de invasoras, acceso a la información, planes y programas, instrumentos económicos, incentivos, medidas preventivas, participación pública, educación ambiental, régimen de infracciones, articulación normativa, presupuestos mínimos, plazos de implementación y cláusula de no regresión.

No se trata de un exceso de regulación, sino de construir, por primera vez, un sistema coherente.

No es falta de ideas: es falta de decisión

En rigor, nada de esto parte de cero. Tal como ya fuera señalado en el editorial de febrero, existe un antecedente concreto: un anteproyecto de ley elaborado por equipos técnicos del entonces Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable que, pese a su solidez, nunca fue impulsado para su tratamiento parlamentario. La estructura de esa propuesta —que se incorpora como anexo— demuestra que las herramientas conceptuales, jurídicas y operativas están disponibles.

Lo que ha faltado, de manera sistemática, no es conocimiento ni capacidad técnica, sino decisión política. La ausencia de una ley de biodiversidad no responde a un vacío de diagnóstico, sino a la persistencia de prioridades que relegan la dimensión ecológica frente a otras agendas. En ese sentido, la inacción no es neutra: es una forma de acción que sostiene el estado actual de las cosas.

Este punto resulta clave porque desplaza el eje del debate. No se trata de discutir qué hacer —eso ya está en gran medida formulado— sino de por qué no se hace. Y la respuesta remite a una tensión más profunda entre la necesidad de establecer límites ecológicos y una lógica de desarrollo que, en los hechos, tiende a postergarlos o directamente a ignorarlos.

El rezago argentino

La comparación internacional deja en evidencia este rezago. Países como España cuentan desde hace años con marcos normativos integrales que no solo declaran objetivos de conservación, sino que organizan la gestión de la biodiversidad como política de Estado: establecen inventarios sistemáticos, definen listados oficiales de especies, estructuran estrategias nacionales con metas verificables y, sobre todo, obligan a incorporar la biodiversidad como criterio transversal en la planificación y en la toma de decisiones públicas.

Esa diferencia no es menor. Supone pasar de un enfoque reactivo, centrado en conflictos puntuales, a un esquema que permite anticipar, ordenar y regular el uso del territorio en función de sus condiciones ecológicas. No es una cuestión de capacidades técnicas —que en Argentina existen— sino de la decisión de dotar al sistema de reglas claras, previsibles y coherentes.

En Argentina, en cambio, esa decisión sigue pendiente. Y lo que está en juego no es una mejora marginal del sistema, sino su viabilidad misma. Sin una ley de biodiversidad no hay marco para pensar el territorio de manera integral, ni límites claros a su uso, ni herramientas para anticipar y evitar los procesos de degradación que luego se intentan —tarde— corregir.

Coyuntura adversa, respuesta necesaria

La urgencia es evidente. No solo por la presión creciente sobre los ecosistemas, sino porque cada año de inacción consolida un modelo de degradación y pérdida de una parte fundamental de la heredad natural del país.

A esto se suma una coyuntura política particularmente adversa. El actual clima de época, atravesado por un fundamentalismo de mercado que promueve la desregulación, la retracción del Estado y la mercantilización de todas las dimensiones de la vida, se ubica en las antípodas de cualquier intento de construir una política pública integral en materia de biodiversidad.

Sin embargo, esta constatación no debería conducir a la resignación, sino a lo contrario. Cuando el escenario político se cierra, lo que se impone no es el repliegue, sino la persistencia estratégica. La construcción de una ley de biodiversidad exige hoy sostener el rumbo aun en condiciones adversas.

Porque si algo demuestra la historia ambiental reciente es que las leyes que hoy estructuran la protección también fueron, en su momento, iniciativas contracorriente.

Discutir una ley de biodiversidad es, en el fondo, discutir si la organización económica y política va a seguir ignorando los límites ecológicos, o si finalmente va a empezar a reconocerlos como condición de existencia.

Anexo

Propuesta de estructura de anteproyecto de ley de presupuestos mínimos para la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica

La presente propuesta recupera y sistematiza el trabajo elaborado por los equipos técnicos del entonces Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación durante los años 2018 y 2019. Se trata de un desarrollo sólido y consistente que, pese a su madurez conceptual y técnica, nunca fue elevado para su tratamiento parlamentario por falta de decisión política. Su inclusión como anexo no responde a un ejercicio meramente descriptivo, sino a la voluntad de reactivar una base ya construida, capaz de orientar de manera concreta y viable el diseño de una ley de presupuestos mínimos para la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica.

CAPÍTULO 1DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO 2COORDINACIÓN DE DERECHOS Y SU EJERCICIO REGULAR
CAPÍTULO 3                ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL PARA LA CONSERVACIÓN DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA
CAPÍTULO 4INSTRUMENTOS DE GESTIÓN EN MATERIA DE DIVERSIDAD BIOLÓGICA
CAPÍTULO 5               PROTECCIÓN DE HÁBITATS O ECOSISTEMAS
CAPÍTULO 6CONSERVACIÓN IN SITU DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA
CAPÍTULO 7               ESPECIES EXÓTICAS INVASORAS
CAPÍTULO 8                USO SOSTENIBLE DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA
CAPÍTULO 9                EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL DE PROYECTOS QUE PUEDAN TENER EFECTOS ADVERSOS IMPORTANTES PARA LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA
CAPÍTULO 10               ACCESO A LOS RECURSOS GENÉTICOS y CONOCIMIENTO TRADICIONAL
CAPÍTULO 11               CERTIFICACIÓN DE USOS SOSTENIBLES DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA
CAPÍTULO 12DELITOS E INFRACCIONES
CAPÍTULO 13SISTEMA NACIONAL DE COORDINACIÓN EN EL CONTROL Y FISCALIZACIÓN DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA
CAPÍTULO 14               MECANISMOS DE FINANCIAMIENTO – EL FONDO FIDUCIARIO DE COMPENSACIÓN AMBIENTAL
CAPÍTULO 15SISTEMA DE FUENTES

En los capítulos arriba identificados se desarrolla el articulado que cubre los siguientes temas:

  • Objeto y alcance
  • Definiciones
  • Principios rectores
  • Objetivos de la política nacional de biodiversidad
  • Conservación in situ
  • Conservación ex situ
  • Uso sostenible de la biodiversidad
  • Restauración de ecosistemas degradados
  • Enfoque ecosistémico y ecorregional
  • Sistema Nacional de Información sobre Biodiversidad
  • Inventario Nacional de la Biodiversidad
  • Monitoreo y evaluación del estado de la biodiversidad
  • Acceso a la información pública
  • Listado Nacional de Especies Amenazadas
  • Protección de especies nativas
  • Especies exóticas invasoras: prevención, control y erradicación
  • Aprovechamiento sostenible de fauna y flora silvestres
  • Acceso a recursos genéticos
  • Participación justa y equitativa en los beneficios
  • Conocimientos tradicionales asociados
  • Planificación con enfoque ecosistémico
  • Ecorregiones y conectividad ecológica
  • Integración de la biodiversidad en políticas sectoriales
  • Evaluación de impacto ambiental
  • Evaluación ambiental estratégica
  • Incorporación de la biodiversidad en la toma de decisiones
  • Estrategia Nacional de Biodiversidad
  • Planes y programas
  • Instrumentos económicos y financieros
  • Incentivos y desincentivos
  • Declaración de emergencia
  • Medidas preventivas y correctivas
  • Restauración y recomposición
  • Autoridad de aplicación
  • Consejo Federal de Biodiversidad
  • Coordinación interjurisdiccional
  • Participación pública
  • Consulta y audiencias públicas
  • Educación y sensibilización
  • Régimen de infracciones
  • Sanciones administrativas
  • Responsabilidad y recomposición del daño
  • Articulación con normativa vigente
  • Presupuestos mínimos y competencias provinciales
  • Financiamiento
  • Reglamentación
  • Plazos de implementación
  • Cláusula de no regresión
  • Vigencia

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El presente anteproyecto de ley tiene por objeto establecer los presupuestos mínimos para la conservación de la diversidad biológica y el uso sostenible de sus componentes, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 41 de la Constitución Nacional, que reconoce el derecho a un ambiente sano y asigna a la Nación la responsabilidad de dictar normas que garanticen un piso uniforme de protección ambiental en todo el territorio.

La iniciativa parte de un diagnóstico claro: el ordenamiento jurídico ambiental argentino, aun contando con avances significativos, presenta una limitación estructural al no disponer de una ley marco que aborde de manera integral la biodiversidad. Las regulaciones vigentes han sido desarrolladas de forma sectorial —bosques, fauna, glaciares—, respondiendo en muchos casos a conflictos específicos, lo que ha dado lugar a un esquema fragmentado, con vacíos normativos, superposiciones y debilidades en la coordinación interjurisdiccional.

Esta fragmentación no es solo un problema de técnica legislativa: expresa los límites de un enfoque que ha tendido a intervenir sobre componentes aislados, sin lograr incorporar la biodiversidad como criterio estructurante del ordenamiento territorial y de la actividad económica.

La biodiversidad constituye el sustrato biofísico que sostiene los ecosistemas y las actividades humanas. Su conservación no puede ser abordada como una política sectorial, sino como una condición de posibilidad para el desarrollo y, al mismo tiempo, como un límite biofísico que debe ser reconocido por las decisiones públicas y privadas. La ausencia de un marco normativo integral limita la capacidad del Estado para planificar, prevenir daños, coordinar políticas y asegurar un uso sostenible de los recursos biológicos.

En este contexto, el anteproyecto propone superar la lógica fragmentaria mediante la adopción de un enfoque ecosistémico, que reconoce la interdependencia entre especies, hábitats y procesos ecológicos, e incorpora criterios de conectividad, integridad y resiliencia de los sistemas naturales. Este enfoque se traduce en la incorporación de instrumentos de planificación a escala ecorregional, así como en la integración de la biodiversidad en las políticas públicas sectoriales.

Asimismo, la propuesta establece un conjunto de instrumentos de gestión fundamentales, entre los que se destacan: la creación de un sistema nacional de información sobre biodiversidad, el desarrollo de inventarios y mecanismos de monitoreo permanente, la definición de un listado nacional de especies amenazadas, y la regulación específica de las especies exóticas invasoras. Estos instrumentos resultan indispensables para pasar de una lógica reactiva a una gestión basada en información, prevención y anticipación.

El anteproyecto también incorpora la necesidad de regular el acceso a los recursos genéticos y la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de su utilización, fortaleciendo la soberanía nacional sobre la biodiversidad. En este punto, se reconoce de manera expresa el valor de los conocimientos tradicionales de los pueblos indígenas, promoviendo su protección y la participación en los beneficios derivados de su utilización.

Asimismo, se establece la obligación de garantizar la consulta previa, libre e informada en los términos de la normativa vigente, como condición para la adopción de decisiones que puedan afectar a los pueblos indígenas, sus territorios o sus formas de vida. La efectiva implementación de este derecho constituye un componente indispensable para la legitimidad y eficacia de las políticas de conservación.

En materia de evaluación ambiental, se propone avanzar en la incorporación obligatoria de la biodiversidad tanto en la evaluación de impacto ambiental de proyectos como en la evaluación ambiental estratégica de políticas, planes y programas, ampliando el alcance de los instrumentos existentes y fortaleciendo su capacidad preventiva.

Desde una perspectiva institucional, la iniciativa promueve mecanismos de coordinación federal, respetando las competencias provinciales sobre los recursos naturales, pero estableciendo al mismo tiempo criterios comunes que garanticen un estándar mínimo de protección en todo el país. Esta articulación resulta clave en un sistema federal donde la biodiversidad trasciende límites jurisdiccionales.

El anteproyecto prevé además la incorporación de instrumentos económicos y financieros orientados a incentivar la conservación y el uso sostenible, así como la posibilidad de declarar situaciones de emergencia en biodiversidad, que habiliten respuestas rápidas frente a amenazas críticas.

La participación pública y el acceso a la información constituyen pilares centrales de la propuesta, en línea con los principios de transparencia y control social que rigen el derecho ambiental contemporáneo.

En el plano internacional, la iniciativa se inscribe en los compromisos asumidos por la República Argentina en materia de conservación de la biodiversidad, y recoge experiencias comparadas que han avanzado en la construcción de marcos normativos integrales.

Finalmente, la urgencia de la presente ley se fundamenta en el contexto actual, caracterizado por una creciente presión sobre los ecosistemas, la expansión de actividades intensivas en el uso de recursos naturales y la evidencia acumulada sobre los procesos de degradación ambiental. La ausencia de una regulación integral no solo limita la capacidad de respuesta del Estado, sino que favorece la consolidación de dinámicas de uso insostenible.

La sanción de una ley de presupuestos mínimos sobre biodiversidad constituye, en este sentido, una condición necesaria para dotar de coherencia, eficacia y previsibilidad al sistema jurídico ambiental argentino, y para incorporar de manera efectiva los límites ecológicos como marco de referencia de la acción pública.