Por Carlos Merenson – La (Re) Verde
La decisión del oficialismo de retirar el capítulo referido a la extranjerización de tierras no debería inducirnos a un falso alivio. Esa modificación evita uno de los aspectos más controvertidos del proyecto, pero no altera su problema central.
Como sostuvimos en nuestro artículo ¿Puede existir un derecho absoluto de propiedad?, el verdadero debate nunca consistió únicamente en quién puede comprar la tierra. La cuestión de fondo es mucho más profunda: si el Congreso argentino está dispuesto a consagrar una concepción de la propiedad privada que la coloque, en los hechos, por encima del ambiente, del ordenamiento territorial, de la función social de la propiedad y del interés público.
La Constitución protege la propiedad privada. Pero también protege el ambiente, reconoce la función reguladora del Estado y admite que ningún derecho es absoluto cuando entra en conflicto con otros derechos de igual jerarquía. Alterar ese equilibrio significaría modificar uno de los principios estructurales del constitucionalismo moderno.
Por eso, retirar el capítulo sobre extranjerización no resuelve el problema. Apenas elimina la parte más visible de una iniciativa mucho más amplia. Si el resto del proyecto prospera, el Congreso habrá dado un paso decisivo hacia un modelo jurídico donde cualquier regulación ambiental, territorial o social podrá ser presentada como una violación de la propiedad privada.
Ese sería un cambio de enorme trascendencia institucional. Y sus consecuencias se proyectarían mucho más allá de este gobierno. Lo que está en discusión no es una ley más: es el tipo de democracia constitucional que queremos preservar para las próximas generaciones.
